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Multa histórica a clínica privada: más de $48 millones por exigir pagaré antes de atender urgencia vital.

Multa histórica a clínica privada: más de $48 millones por exigir pagaré antes de atender urgencia vital.

06 de Noviembre del 2025


En un fallo que refuerza la protección del derecho a la salud en Chile, la Clínica Indisa fue condenada a pagar una multa de 700 UTM —equivalente a poco más de $48 millones— por exigir la firma de un pagaré a un paciente que ingresó en riesgo vital.
El fallo de la Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el reclamo de ilegalidad presentado por la clínica y confirmó la infracción a la normativa que prohíbe condicionar la atención de urgencia a garantías económicas.
Este caso representa un hito en la fiscalización de las prestaciones privadas de salud, especialmente en situaciones de urgencia médica, y constituye una alerta para todo el sector.


Desarrollo:

1. Los hechos que motivaron la multa

El 16 de febrero de 2021, un paciente identificado como Luis Palma Cifuentes ingresó a la clínica con diagnóstico de “insuficiencia cardiaca descompensada y edema pulmonar agudo”.
A pesar de tratarse de una situación que el tribunal calificó como de riesgo vital —o al menos con potencial de secuela funcional grave—, el establecimiento solicitó al paciente la firma de un pagaré antes de brindarle atención médica. Esta conducta está expresamente prohibida por la legislación que regula la atención de urgencias en Chile.


2. Normativa aplicable y fundamentos del fallo

La resolución judicial hace referencia al artículo 173, inciso séptimo, del DFL N°1 de 2005, que regula las urgencias médicas, y destaca que “la omisión de los facultativos de certificar la urgencia no cambia la circunstancia de encontrarse el paciente cursando un cuadro que constituye una condición de riesgo vital y/o secuela funcional grave, que requería atención médica inmediata”.
La ley de urgencia establece que ningún establecimiento de salud puede exigir dinero o documentos en garantía para otorgar atención cuando existe una urgencia vital.
En su defensa, la clínica argumentó que no se había certificado formalmente la urgencia y que la multa era desproporcionada. Sin embargo, la Corte rechazó estos argumentos, indicando que la sanción se encontraba dentro del rango legal —entre 10 y 1.000 unidades tributarias mensuales— y que estaba plenamente justificada dada la gravedad de los hechos y la condición de reincidencia del establecimiento.


3. Magnitud, reincidencia y relevancia para el sector salud

La multa impuesta, equivalente a 700 UTM, supera los $48 millones, convirtiéndose en una de las sanciones más altas registradas en este tipo de casos.
El fallo también destaca que la clínica reconoció indirectamente su reincidencia al señalar que la multa era mayor que sanciones anteriores impuestas en su contra, lo que fue interpretado como una reiteración de conductas indebidas.
Para el sector privado de la salud, este fallo refuerza la importancia de respetar de forma estricta los protocolos de atención de urgencia, asegurando que ninguna barrera económica interfiera en la prestación médica inmediata. Exigir garantías financieras en situaciones críticas puede acarrear consecuencias legales, económicas y reputacionales de alto impacto.


Este fallo sienta un precedente claro: la garantía del derecho a la salud no admite condicionar la atención en situaciones de urgencia a la firma de documentos de garantía o al pago previo.
Para los gestores y administradores de centros de salud, la lección es evidente: es fundamental revisar los protocolos internos, capacitar a los equipos y garantizar que toda persona en riesgo vital reciba atención inmediata, sin requisitos económicos previos.
Además, las autoridades regulatorias están demostrando una creciente rigurosidad en la fiscalización, por lo que las clínicas deben adoptar una actitud proactiva en materia de cumplimiento normativo.
En un contexto donde la reputación y la confianza son activos esenciales, cumplir con las normas sanitarias no solo es una obligación legal, sino también una demostración de ética profesional y responsabilidad social.

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